Practicantes tienen derecho a recibir medio sueldo adicional cada 6 meses
Practicantes tienen derecho a recibir medio sueldo adicional cada 6 meses

Chavely Chiroque

ichiroque@grupoepensa.pe

Si eres practicante de una empresa, recuerda que tienes derecho a recibir  El pago se efectuará el mes siguiente luego de haber cumplido el semestre laboral bajo algunas de las modalidades formativas existentes.

Según explicó el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, a la agencia Andina, los practicantes sujetos a la norma de modalidades formativas tienen ciertos derechos, pese a que no figuran en las planillas de las empresas porque no están bajo la denominación de 'trabajadores'.

Entre estos derechos están las subvenciones económicas para aquellos practicantes que se encuentran bajo la legislación de modalidades formativas. Por ello, los empleadores deben otorgar "un beneficio adicional equivalente a media subvención económica o medio sueldo cada vez que cumple seis meses de labor".

Este pago podría suceder en cualquier mes del año en el cual el practicante cumpla seis meses de labor. Cabe indicar que los practicantes no reciben el pago por concepto de gratificaciones en julio y diciembre, a diferencia de los trabajadores que están en planilla.

"La normativa peruana contempla hasta seis tipos de modalidades formativas: pasantía, aprendizaje, capacitación laboral juvenil, actualización para reinserción laboral (dirigida a personas entre 45 y 65 años), las prácticas pre profesionales y las profesionales", señala la agencia Andina. 

GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS

De otro lado, los trabajadores del sector privado recibirán  igual a un sueldo y, además, una bonificación extraordinaria del 9%, según confirmó la Cámara de Comercio de Lima ().

Las empresas tienen hasta el 15 de julio para poder depositar el monto a sus empleadores.